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 CLAVES PARA LIBRARSE DE LAS MULTAS DE TRÁFICO Y NO PERDER LOS PUNTOS

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berto
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MensajeTema: CLAVES PARA LIBRARSE DE LAS MULTAS DE TRÁFICO Y NO PERDER LOS PUNTOS   CLAVES PARA LIBRARSE DE LAS MULTAS DE TRÁFICO Y NO PERDER LOS PUNTOS Icon_minitimeMiér 23 Jun 2010, 18:22

CINCO DÍAS.COMEl palo y la zanahoria es la doctrina que parece haber primado en la elaboración de la reforma de la Ley de Seguridad Vial, en vigor desde el mes pasado, y que afecta a unos 25 millones de conductores en España. Tras comprobar los resultados de la implantación del carné por puntos, que además de rebajar el número de víctimas, en menos de cuatro años ha dejado sin licencia a más de 63.000 personas (20.000 a punto de perderla) y sin puntos a más de 84.000 conductores, la actual regulación ha endurecido las sanciones para evitar la impunidad de los temerarios de la carretera. A su vez, la norma simplifica los procesos sancionadores así como los tiempos de tramitación para los más conformes.
Controvertida, pero "más pedagógica y necesaria", según la han calificado en la Fundación Española para la Seguridad Vial (Fesvial), la recién estrenada normativa es "más segura y contundente", a juicio de Julio Laria, director general del Instituto de Seguridad Vial Mapfre, acercándonos a la legislación de otros países europeos, como Francia o Alemania, donde la siniestralidad es más baja. Y parece ser que vamos por buen camino. Actualmente la tasa de fallecidos por 100.000 habitantes en España es del 6,85%, frente al 5,45% de Alemania, por poner un ejemplo, lo que, a juicio de Laria, nos sitúa entre las 10 mejores de Europa.
La ampliación del saldo de puntos (de cuatro a seis), que se pueden recuperar ahora mediante los cursos de seguridad vial, así como la reducción de 27 a 20 el número de infracciones castigadas con la pérdida de los mismos, son dos de los capítulos que según los defensores de la ley demuestran su benevolencia. Por contra, la eliminación temporal del permiso de conducir, que el conductor ahora sólo sufrirá en caso de que haya agotado su saldo de puntos o por sentencia judicial, es un capítulo fuertemente criticado en el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA). Fernando González Iturbe, subdirector de su asesoría jurídica, pone en tela de juicio la búsqueda de una mayor seguridad vial en la norma, ya que "ahora ninguna infracción cometida implica la retirada del carné de conducir".
Pasar por caja antes
El fuerte descuento por pronto pago de las multas es una de las medidas más aplaudidas por los defensores de la ley porque agiliza los plazos de tramitación. Pese a que ha subido el importe de todas las infracciones, los conductores podrán beneficiarse del 50% de rebaja (antes era el 30%) si pagan en un plazo de 20 días naturales desde la notificación de la multa, en cuyo caso se pierde el derecho a recurrirla. Pero esta medida también ha sido objeto de discordia entre los sectores más críticos. González Iturbe señala que este procedimiento se podría asemejar a los juicios rápidos de los delitos penales, pero en la carretera. Con la diferencia de que con este sistema "el conductor no tiene acceso ni a ver las pruebas de la infracción", se lamenta. Ahora bien, el automovilista podrá pagar las multas en el momento incluso con tarjeta de crédito (antes sólo podía hacerse en efectivo).
El exceso de velocidad es otro de los escollos más puntillosos de la ley. El aumento de las sanciones por velocidad inadecuada, que ahora se sitúan entre los 100 y los 600 euros y la retirada de entre 2 y 6 puntos, ha sido puesto en tela de juicio. Hasta en el Instituto de Seguridad Vial de Mapfre, defensora de la reforma, se plantean si no debería haberse abierto un debate para estudiar la incorporación de tramos de seguridad variable en las carreteras españolas, como ha apuntado Laria.
Y es que la nueva normativa hará pasar por caja a los conductores que se pasen en tan sólo un kilómetro/hora el límite de velocidad establecido en cada tramo (ver cuadro). Pero en este capítulo, la Dirección General de Tráfico ha entendido que una reducción de la velocidad disminuye el índice de siniestralidad, apunta Laria.
La regulación del uso de dispositivos que pueden alterar la vigilancia del tráfico tampoco ha sido, según opinión común, uno de sus aciertos. De hecho, la ley sólo prohíbe expresamente el uso de inhibidores de los radares, aplicando una multa de 6.000 euros y la retirada de seis puntos al ser considerada una falta muy grave, pero no de los detectores de radares. Ha tenido que pasar un mes para que el director general de Tráfico, Pere Navarro, anunciara que también se iba a prohibir el uso de detectores, tras declarar el subdirector adjunto de la Normativa y Recursos Humanos de la DGT que estos aparatos quedaban en el "limbo jurídico" en la normativa.
Sobra decir que la reforma prohíbe también utilizar el móvil, programar el navegador, llevar auriculares o cualquier dispositivo que disminuya la atención cuando se está conduciendo.
¿Quién es el culpable?
Aunque la ley intenta ponérselo más difícil a los conductores que sumen más infracciones (con cuatro sanciones graves o muy graves sin pagar no podrán realizar ningún trámite relacionado con su coche) y hace responsable de éstas al conductor habitual del vehículo, al menos que se identifique al autor de la picia, no ha sido bien recibido entre los automovilistas españoles. González Iturbe señala que en este punto se demuestra claramente su espíritu de "cobrar a toda costa". A su juicio, se ha intentado extrapolar el procedimiento de cobro de las deudas tributarias, donde existen responsables directos y subsidiarios, a la carretera, olvidando que en "el 80% de las infracciones no se sabe quién es el conductor". Si bien la identificación del autor podrá hacerse por internet.
En cuanto a los requisitos que afectan al vehículo, la ley también se ha puesto más quisquillosa. Ahora, para pasar la ITV los conductores tienen que demostrar que tienen el seguro al día con el resguardo de pago, los agentes pueden inmovilizar a los coches que circulen sin seguro y será falta grave circular con la matrícula ilegible.
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