La Agencia Española de Protección de Datos multó con 6.000 euros a la empresa Vitalicio Seguros después de que un empleado tirara miles de documentos confidenciales a un contendor de reciclaje de papel de Sevilla en abril del pasado año.
Según la LOPD debe garantizarse "la seguridad de los objetos de carácter personal"
Según la resolución hecha pública en septiembre, la AEPD considera que con esa acción se vulnera la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que establece que debe garantizarse "la seguridad de los objetos de carácter personal" y subraya que debe evitarse "su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado".
A la hora de establecer la cuantía de la multa, la AEPD tuvo en cuenta las decisiones tomadas por la empresa para subsanar el error, tales como la incoación de un expediente sancionador al responsable o la creación de un Comité de Seguridad, con el objetivo de que en el futuro no vuelva a producirse una situación como la del pasado año.
Los responsables de la empresa admitieron que la trituradora funcionaba bien, pese a lo cual los documentos fueron trasladados al contenedor de reciclaje y tienen un mes desde la resolución para interponer recursos.
Gracias a la denuncia de un lector
En la resolución se explica que que la multa es el resultado de una investigación abierta tras recibir 20 minutos "la llamada de un lector" y visitar el contenedor, comprobando que "en su interior había una gran cantidad de papeles con el membrete de Vitalicio Seguros y que dicha documentación ha sido abandonada por un empleado de la sucursal".
En los documentos hallados en el contenedor figuraban los nombres de los agentes encargados de captar clientes y un listado de los que maneja cada uno de ellos, además de las liquidaciones correspondientes a su trabajo.
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